Beneficios fiscales de donar a una ONG en 2025: cómo tu empresa puede deducir hasta el 50 % de sus donaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Un gesto solidario que también impulsa tu cuenta de resultados

Cada vez más organizaciones se plantean integrar la acción social en su estrategia corporativa. Más allá del innegable impacto positivo que supone financiar proyectos sociales o de desarrollo –como los que impulsa la ONGD SenValos en materia de igualdad, sostenibilidad e interculturalidad–, existe un beneficio añadido que no conviene ignorar: el ahorro fiscal.

Las mejoras introducidas por el Real Decreto‑ley 6/2023 han elevado los incentivos recogidos en la Ley 49/2002: a partir del ejercicio 2024 las empresas pueden deducir un 40 % del importe donado y, si mantienen la colaboración durante tres ejercicios consecutivos, el porcentaje se eleva al 50 %. Nunca antes había resultado tan atractivo vincular la responsabilidad social corporativa (RSC) con la optimización tributaria.

El marco legal en lenguaje claro

Para entender cómo funciona el beneficio conviene detenerse en dos normas básicas –la Ley 49/2002 y la Ley del Impuesto sobre Sociedades– y en la reforma de 2023 que mejoró sus porcentajes. La lógica es sencilla:

  1. Quién puede recibir: solo las entidades declaradas “beneficiarias del mecenazgo”. Entre ellas se encuentran fundaciones y asociaciones de utilidad pública como SenValos.
  2. Cuánto se deduce:
    • 40 % del donativo si es la primera vez que colaboras,
    • 50 % cuando lleves al menos tres años ininterrumpidos donando una cantidad igual o superior a la misma entidad.
  3. Límite anual: la base de deducción (importe o valor donado) no puede superar el 15 % de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. Si la superas, el exceso se traslada hasta diez años.
  4. Plus por actividades prioritarias: la Ley de Presupuestos puede añadir cinco puntos porcentuales adicionales y ampliar el límite al 20 % cuando se dona a programas declarados de interés excepcional (investigación, patrimonio, cooperación humanitaria, etc.).

Estas reglas se aplican tanto a donaciones en dinero como a aportaciones en especie (equipos, licencias, inmuebles o incluso el usufructo temporal de un local).

¿Qué debe aportar tu empresa para justificar la deducción?

La Agencia Tributaria es clara: sin certificado de donación no hay beneficio fiscal. Esa certificación la expide la propia ONG y debe reflejar:

  • NIF y razón social de ambas partes,
  • fecha e importe (o descripción y valoración, si se trata de bienes),
  • manifestación expresa de que la donación es irrevocable y sin contraprestación,
  • declaración de que la entidad receptora está acogida a la Ley 49/2002.

Conserva además el resguardo bancario o el documento firmado de entrega para posibles verificaciones. Estas pruebas han de guardarse durante cuatro años, plazo ordinario de prescripción tributaria.

Tipos de donaciones y valoración fiscal

Aunque la aportación monetaria sigue siendo la fórmula más extendida, muchas compañías se decantan por donar activos que ya no usan o por ceder instalaciones durante periodos concretos. En ese caso, la ley determina el valor contable o de mercado como base de deducción. Por ejemplo, un ordenador con valor neto en libros de 800 € genera el mismo derecho a deducción que un ingreso de la misma cantidad.

Ejemplo práctico con cifras de 2025

ConceptoImporte (€)Comentario
Base imponible de la empresa200 000Antes de donaciones
Donación en dinero a SenValos10 0005 % de la base imponible (≤ 15 %)
Porcentaje de deducción*40 %Primer año de colaboración
Ahorro fiscal en cuota4 00040 % × 10 000
Coste neto real de la donación6 00010 000 – 4 000

*Si la empresa donara la misma cuantía en 2023 y 2024, el porcentaje subiría al 50 % y el ahorro fiscal pasaría a 5 000 €, rebajando el coste neto a 5 000 €.

Cómo alinear tu estrategia fiscal y tu estrategia de impacto

Lo aconsejable es planificar las donaciones con tu asesoría para no dejar ahorro sobre la mesa ni gastar más tarde en regularizaciones. Si prevés un año con beneficios elevados, conviene maximizar la deducción acercándote al límite del 15 %. En años de márgenes más estrechos, quizá te interese repartir la ayuda en varios ejercicios para no bloquear deducciones futuras.

Asimismo, mantener la colaboración estable te permite alcanzar el porcentaje bonificado del 50 %, mientras generas un vínculo auténtico con los proyectos que acompañas. Esa fidelidad es percibida por el público como un compromiso real y no como una acción puntual de marketing.

Una oportunidad para transformar realidad… y balances

Donar a SenValos es contribuir a programas sociales y de desarrollo que mejoran vidas y territorios. Pero también es tomar una decisión financiera inteligente: cada euro aportado puede retornar hasta cincuenta céntimos en forma de menor impuesto.

Si ya te preguntas cómo dar el primer paso, el proceso es ágil: contacta con nuestro equipo, define la modalidad de ayuda que mejor encaje con los objetivos de tu empresa y recibe tu certificado fiscal en menos de 48 horas. En el cierre contable de 2025, esa elección se traducirá en menos carga fiscal, mayor reputación social y la certeza de estar impulsando un cambio real.

Porque cuando el compromiso social y la eficiencia económica se unen, ganamos todas y todos: gana la comunidad, gana tu empresa y ganan las personas beneficiarias de los proyectos.

¿Listo para transformar tu impacto en deducción? Súmate a SenValos y comprueba cómo la solidaridad también se refleja en tu balance de resultados.

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