La regularización extraordinaria de personas migrantes desarrollada en España entre el 16 de abril y el 30 de junio de 2026 ha supuesto uno de los procesos administrativos y sociales más importantes de los últimos años.Durante este periodo, la ONGD SenValos acompañó a 496 personas para que pudieran preparar, revisar y tramitar sus solicitudes de regularización.
A fecha de publicación de este balance, SenValos ha contabilizado 247 admisiones a trámite, una cifra equivalente al 49,8 % de las personas atendidas.
Este resultado demuestra la importancia del acompañamiento realizado por las entidades sociales, pero también marca el comienzo de una nueva fase. La admisión a trámite no es todavía la resolución definitiva del expediente. A partir de ahora será necesario responder requerimientos, aportar documentación, revisar notificaciones y acompañar a cada persona hasta la resolución y, cuando corresponda, la obtención de su Tarjeta de Identidad de Extranjero.

¿En qué consistió la regularización extraordinaria de 2026?
El Real Decreto 316/2026 creó dos vías extraordinarias dirigidas principalmente a:
- personas que se encontraban en España en situación administrativa irregular;
- personas solicitantes o exsolicitantes de protección internacional;
- familias con hijos e hijas menores;
- personas con vínculos laborales;
- personas en situaciones acreditadas de vulnerabilidad.
Uno de los requisitos fundamentales era encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026 y acreditar, con carácter general, una permanencia continuada mínima de cinco meses en el momento de presentar la solicitud. El plazo de presentación finalizó el 30 de junio de 2026.
La comunicación de inicio de la tramitación habilita provisionalmente a las personas solicitantes para residir y trabajar, por cuenta ajena o propia, mientras se resuelve el procedimiento. Esta habilitación constituye uno de los principales efectos positivos de la regularización, porque permite incorporarse legalmente al mercado laboral sin tener que esperar a la resolución definitiva.
El balance de SenValos: 496 personas acompañadas
La intervención de SenValos no se limitó a presentar formularios. Cada expediente exigió analizar circunstancias personales y familiares, comprobar la vía adecuada y reunir documentación que, en muchos casos, procedía de distintos países.
Entre las actuaciones desarrolladas se encuentran:
- información y orientación jurídica;
- comprobación de los requisitos de acceso;
- revisión de pasaportes y documentos de identidad;
- recopilación de pruebas de permanencia en España;
- tramitación de antecedentes penales;
- acreditación de unidades familiares;
- preparación de solicitudes para menores;
- elaboración y revisión de formularios;
- presentación electrónica o presencial;
- seguimiento de notificaciones;
- respuesta a requerimientos;
- coordinación con administraciones, empresas y servicios sociales.
Las 247 admisiones a trámite contabilizadas a día de hoy representan un resultado relevante, pero deben interpretarse correctamente.
Una admisión a trámite significa que la Administración ha iniciado formalmente el estudio de la solicitud. No equivale todavía a una concesión definitiva. Del mismo modo, las restantes personas atendidas no deben considerarse automáticamente denegadas: una parte de los expedientes puede seguir pendiente de revisión, notificación, subsanación o incorporación al sistema de seguimiento.
¿Cuál es el perfil de las personas atendidas?
A partir del perfil observado en la base de seguimiento y de su extrapolación al total de 496 personas, la intervención de SenValos habría alcanzado aproximadamente a:
- 261 mujeres;
- 235 hombres;
- 88 niños, niñas y adolescentes;
- 383 personas de entre 18 y 64 años;
- 431 personas procedentes de América Latina y el Caribe.
La mayoría de las personas atendidas se encuentra en edad laboral. También existe una presencia significativa de familias con menores, para las que la regularización supone una mayor estabilidad administrativa, educativa y residencial.
Una intervención conectada con un proceso de alcance estatal
La actuación de SenValos se desarrolló dentro de un proceso extraordinario de gran magnitud.
Según los datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el 2 de julio de 2026, se registraron en España 1.174.978 solicitudes, de las cuales 609.737 ya habían sido tramitadas al terminar el plazo. El 79,6 % correspondía al arraigo extraordinario y el 20,4 % a la vía vinculada con protección internacional.
El Ministerio también indicó que:
- seis de cada diez solicitantes tenían menos de 34 años;
- el 83,2 % de las solicitudes se presentó telemáticamente;
- casi 200.000 solicitudes fueron atendidas presencialmente;
- a 30 de junio se habían registrado 159.097 afiliaciones a la Seguridad Social relacionadas con el proceso.
Estos datos muestran que la regularización no ha sido únicamente un procedimiento de extranjería. También ha funcionado como una política de incorporación social, laboral y económica.
¿Qué beneficios aporta la regularización a la sociedad?
1. Reduce la economía sumergida
Cuando una persona puede residir y trabajar legalmente, aumenta su capacidad para firmar contratos, darse de alta en la Seguridad Social y ejercer sus derechos laborales.
Esto beneficia a la persona trabajadora, pero también a las empresas y al conjunto de la economía. Un mercado laboral más transparente reduce la competencia desleal, favorece el cumplimiento de los convenios colectivos y aumenta las cotizaciones sociales y los ingresos tributarios.
El propio Real Decreto 316/2026 señala que la incorporación al sistema administrativo y económico fortalece la Seguridad Social, mejora la recaudación y ayuda a prevenir la explotación laboral.
2. Protege frente a la explotación laboral
La irregularidad administrativa aumenta el riesgo de aceptar trabajos sin contrato, salarios inferiores a los establecidos, jornadas abusivas o condiciones inseguras.
La autorización para trabajar permite reclamar derechos con mayor seguridad, cambiar de empleo y acceder a mecanismos ordinarios de protección laboral.
Regularizar no significa únicamente entregar una documentación. Significa reducir la dependencia, el miedo y la posibilidad de abuso.
3. Facilita la contratación que necesitan muchas empresas
Numerosos sectores económicos tienen dificultades para encontrar personal. La regularización permite que personas que ya viven en España, poseen experiencia y forman parte de nuestras comunidades puedan incorporarse legalmente a esos puestos.
Esta medida puede beneficiar especialmente a sectores como:
- cuidados y atención domiciliaria;
- hostelería;
- construcción;
- limpieza;
- agricultura y pesca;
- logística;
- comercio;
- industria;
- servicios personales.
La migración tiene, además, una relevancia demográfica creciente en un país marcado por el envejecimiento y el crecimiento vegetativo negativo. La norma reconoce expresamente que la incorporación de población en edad laboral contribuye a cubrir necesidades productivas y a sostener el sistema de bienestar.
4. Aporta estabilidad a las familias
Una autorización de residencia mejora la seguridad de las familias y facilita su relación cotidiana con las administraciones, los centros educativos, las empresas y las entidades financieras.
En el caso de los menores, el proceso extraordinario incorporó medidas específicas y permitió tramitar determinadas autorizaciones de forma simultánea con las de sus progenitores. La regulación reforzó expresamente la protección de la infancia y el interés superior del menor.
5. Favorece la cohesión social
La irregularidad administrativa genera exclusión, invisibilidad y desconfianza. La regularización permite que las personas participen de forma más estable en la vida comunitaria y asuman derechos y obligaciones en condiciones de mayor igualdad.
Las personas regularizadas ya vivían en nuestros municipios, consumían en los comercios, llevaban a sus hijos e hijas al colegio, utilizaban el transporte público y formaban parte de asociaciones y redes vecinales.
Reconocer administrativamente esa realidad contribuye a construir comunidades más cohesionadas y seguras.
Los retos que comienzan después de presentar la solicitud
La finalización del plazo de presentación no significa que el trabajo haya terminado. Para SenValos, comienza ahora una fase compleja de seguimiento.
Seguimiento de las admisiones a trámite
Las 247 personas con admisión a trámite necesitan conocer con claridad:
- qué derechos provisionales tienen;
- cómo acreditar la autorización para trabajar;
- cómo consultar su expediente;
- cómo recibir las notificaciones;
- qué hacer ante un requerimiento;
- qué documentación deben conservar;
- cuándo deben solicitar la TIE después de una resolución favorable.
Respuesta a requerimientos
Muchos expedientes pueden recibir requerimientos relacionados con:
- pasaportes completos;
- antecedentes penales;
- apostillas o legalizaciones;
- pruebas de permanencia;
- empadronamiento;
- documentación familiar;
- informes de vulnerabilidad;
- contratos o acreditación de voluntad de trabajar;
- documentación de menores.
Responder dentro de plazo será determinante para evitar archivos o denegaciones.
Acceso a un empleo digno
La autorización para trabajar no garantiza automáticamente que la persona encuentre un empleo estable.
Será necesario reforzar:
- la orientación laboral;
- la intermediación con empresas;
- la formación profesional;
- el reconocimiento de competencias;
- la homologación de estudios;
- la prevención de la explotación;
- el acompañamiento durante las primeras contrataciones.
Vivienda, educación y participación comunitaria
La integración no se completa con una tarjeta de residencia. También requiere:
- acceso a una vivienda adecuada;
- escolarización estable;
- aprendizaje del castellano y del gallego;
- atención sanitaria;
- acceso a servicios sociales;
- conciliación familiar;
- participación en la comunidad.
¿Qué ocurre con quienes llegaron a España durante 2026?
Uno de los principales retos pendientes es la situación de las personas que llegaron a España después del 1 de enero de 2026.
Estas personas no pudieron acogerse a la regularización extraordinaria porque no cumplían el requisito temporal establecido por la norma. No quedaron fuera por falta de voluntad de integración, sino porque su llegada se produjo después de la fecha de corte.
Para muchas de ellas, el acceso a una autorización dependerá de las vías ordinarias previstas en la normativa de extranjería.
Con carácter general, la mayoría de los arraigos exige acreditar una permanencia continuada mínima de dos años en España, salvo excepciones como el arraigo familiar.
Esto puede provocar que personas recién llegadas pasen un periodo prolongado con dificultades para:
- trabajar legalmente;
- alquilar una vivienda;
- abrir determinadas relaciones bancarias;
- acceder a formación;
- acreditar ingresos;
- ejercer sus derechos laborales;
- construir un itinerario estable de integración.
Cómo acompañar a las personas que no pudieron acogerse
El reto de las entidades sociales y de las administraciones será evitar que estas personas queden abandonadas durante los próximos años.
Entre las medidas necesarias se encuentran:
Información jurídica desde el primer momento
Cada persona debe conocer qué vías pueden corresponderle según su situación:
- diferentes modalidades de arraigo;
- residencia como familiar de una persona española;
- autorizaciones de estudio o formación;
- procedimientos para menores;
- razones humanitarias;
- protección internacional cuando exista una necesidad real de protección;
- contratación en origen en los supuestos legalmente previstos.
Conservación de las pruebas de permanencia
Las personas recién llegadas deben conservar documentación fiable que permita acreditar su estancia en España:
- empadronamiento;
- informes médicos;
- matrículas y certificados formativos;
- documentación escolar;
- contratos de alquiler;
- facturas;
- justificantes de envíos y trámites administrativos;
- certificados emitidos por entidades.
Esta documentación puede resultar fundamental en futuros procedimientos.
Empadronamiento y acceso a derechos básicos
El empadronamiento es esencial para acreditar la residencia efectiva y facilitar el acceso a servicios municipales, sanitarios, educativos y sociales.
Las administraciones locales deben evitar barreras indebidas y garantizar que las personas puedan empadronarse conforme a la normativa, incluso cuando no dispongan de una vivienda en propiedad o de un contrato de alquiler ordinario.
Itinerarios de formación e inserción
El tiempo anterior a una posible regularización no debería convertirse en un periodo de inactividad.
Es necesario facilitar:
- aprendizaje de idiomas;
- formación profesional;
- acreditación de competencias;
- orientación laboral;
- participación comunitaria;
- apoyo emocional;
- conocimiento de derechos y deberes.
La regularización es un punto de partida
El balance inicial de SenValos es positivo: 496 personas acompañadas y 247 admisiones a trámite contabilizadas.
Detrás de cada cifra hay personas y familias que han tenido que reunir documentos, superar barreras digitales, solicitar certificados en sus países, acreditar su permanencia y explicar circunstancias personales complejas.
La regularización extraordinaria ha abierto una oportunidad para transformar situaciones de invisibilidad en proyectos de vida estables. También ha demostrado que las entidades sociales desempeñan un papel esencial para acercar los procedimientos administrativos a quienes encuentran mayores dificultades.
Pero el reto no termina aquí.
Ahora debemos conseguir que las solicitudes admitidas lleguen a una resolución favorable, que las personas puedan acceder a empleos dignos y que las familias encuentren estabilidad. Al mismo tiempo, es imprescindible acompañar a quienes llegaron durante 2026 y no pudieron acceder al proceso extraordinario.
Una política de integración eficaz no puede limitarse a una medida puntual. Necesita vías accesibles, información clara, administraciones coordinadas y recursos estables para evitar que nuevas personas queden atrapadas durante años en la irregularidad.
SenValos continuará acompañando
SenValos continuará trabajando para:
- hacer seguimiento de los expedientes presentados;
- responder a los requerimientos de Extranjería;
- informar sobre admisiones y resoluciones;
- acompañar en la obtención de la TIE;
- facilitar la inserción laboral;
- apoyar a familias con menores;
- orientar a las personas que no pudieron acogerse a la regularización;
- promover una sociedad de acogida basada en los derechos, la convivencia y la igualdad de oportunidades.
La integración beneficia a las personas migrantes, pero también fortalece nuestros barrios, empresas, servicios públicos y comunidades.
Regularizar es reconocer una realidad que ya existe y convertirla en una oportunidad para toda la sociedad.
Preguntas frecuentes sobre la regularización extraordinaria
¿Una admisión a trámite significa que la residencia está concedida?
No. La admisión significa que la Administración ha iniciado la tramitación formal del expediente. La concesión se producirá mediante una resolución posterior.
¿Se puede trabajar con la admisión a trámite?
En los procedimientos extraordinarios regulados por las disposiciones adicionales vigésima y vigesimoprimera, la comunicación de inicio de la tramitación incorpora una habilitación provisional para residir y trabajar mientras se resuelve la solicitud.
¿Las personas que llegaron en 2026 podían solicitar esta regularización?
No, porque uno de los requisitos era encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026.
¿Qué pueden hacer las personas que llegaron durante 2026?
Deben estudiar las vías ordinarias de residencia aplicables a su caso. Para la mayoría de las modalidades de arraigo se exige una permanencia continuada de dos años, aunque existen procedimientos con reglas diferentes y excepciones.
¿SenValos seguirá atendiendo después del cierre del plazo?
Sí. El seguimiento de expedientes, la respuesta a requerimientos, la integración sociolaboral y la orientación de las personas que no pudieron acceder al proceso son ahora prioridades fundamentales.