¿Qué es el arraigo laboral y cómo se puede solicitar?
El arraigo laboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se puede conceder a las personas extranjeras que se encuentren irregularmente en España y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de seis meses. Esta autorización les permite residir y trabajar legalmente en España por un año, prorrogable por dos años más.
¿Qué requisitos se deben cumplir para obtener el arraigo laboral?
Para solicitar el arraigo laboral, se deben cumplir los siguientes requisitos:
– Haber permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
– No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen o de última residencia durante los últimos cinco años.
– Acreditar la existencia de una relación laboral de duración no inferior a seis meses con una empresa o empleador/a que cumpla con sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
– No ser ciudadano/a de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de estos que pueda beneficiarse del régimen comunitario.
– No encontrarse irregularmente en territorio español por haber sido rechazado/a en frontera, devuelto/a o expulsado/a.
– No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en ese sentido.
¿Qué documentación se debe presentar para solicitar el arraigo laboral?
Para solicitar el arraigo laboral, se debe presentar la siguiente documentación:
– Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10), por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por la persona interesada o su representante legal.
– Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción, con vigencia mínima de cuatro meses.
– Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años anteriores a la entrada en España, traducido y legalizado.
– Certificado municipal de empadronamiento que acredite la permanencia continuada en España durante al menos dos años anteriores a la solicitud.
– Documentación que acredite la relación laboral mediante una sentencia judicial firme o resolución administrativa firme que reconozca la relación laboral y su duración, o mediante una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por parte del trabajador/a o del empleador/a, acompañada del contrato de trabajo y los documentos que prueben el alta y las cotizaciones a la Seguridad Social.
– En caso de actuar por medio de representante, copia del documento que acredite su representación y copia del documento nacional de identidad o pasaporte del mismo.
¿Qué procedimiento se debe seguir para solicitar el arraigo laboral?
Para solicitar el arraigo laboral, se debe seguir el siguiente procedimiento:
– Presentar la solicitud personalmente o por medio de representante en la Oficina de Extranjería correspondiente al domicilio del solicitante. Se puede consultar la dirección, horarios y requisitos específicos de cada Oficina en https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/oficinas-de-extranjeria
– Abonar las tasas correspondientes dentro del plazo de diez días hábiles desde la notificación del inicio del procedimiento. Se debe pagar una tasa por la tramitación del expediente (modelo 790 código 052) y otra tasa por la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero/a (modelo 790 código 012).
– La Oficina de Extranjería resolverá el expediente y notificará la resolución al solicitante o su representante. El plazo máximo para resolver es de tres meses desde la fecha en que se haya presentado la solicitud. Si no se recibe ninguna notificación en ese plazo, se puede entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
– Si la resolución es favorable, se debe solicitar cita previa para la toma de huellas dactilares y la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero/a en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html
– Una vez obtenida la cita, se debe acudir a la Comisaría de Policía correspondiente con el pasaporte, la resolución favorable y el justificante del pago de la tasa de la tarjeta. La tarjeta se podrá recoger en el plazo de un mes desde que se haya realizado la toma de huellas.
Esperamos que esta información te haya sido útil y te animamos a seguir informándote sobre tus derechos y deberes como persona migrante en España. Recuerda que el arraigo laboral es una oportunidad para regularizar tu situación y acceder a una vida más digna y segura.